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Exportación de servicios

  • Foto del escritor: Clemencia Valencia
    Clemencia Valencia
  • 13 ene 2024
  • 4 Min. de lectura

Actualizado: 14 ene 2024


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Exportar servicios es muy fácil, lo más importante es identificar el tipo de servicio que se desea exportar, muchas empresas han realizado exportaciones de servicios sin saberlo. Ser un exportador de servicios es vender sus servicios a una empresa que no reside en el país y recibir un pago en moneda extranjera con lo que genera ingreso de divisas al país. En la exportación de servicios se puede incluir o siguiente:

  • Software y tecnología de la información BPO (Business Process Outsoursing)

  • Tercerización de procesos BPO

  • Animación digital

  • Aplicaciones móviles

  • Audiovisual

  • Videojuegos

  • Call Center

  • Turismo de salud


Existen 4 modalidades de exportación de servicios, las cuales la Dian las tiene clasificadas en el siguiente orden:


- Modo 1: Presencia comercial; cuando una empresa colombiana establece en el exterior sucursales, filiales u oficinas para atender a sus consumidores en forma directa.

- Modo 2: Suministro transfronterizo; El exportador no tiene la necesidad de desplazarse para entregar el servicio, ni el comprador de venir a recogerlo.

- Modo 3: Consumo en el exterior; cuando el consumidor se desplaza desde su país de origen para recibir el servicio en otro país; por ejemplo, pacientes extranjeros que reciben servicios médicos en Colombia

- Modo 4: Movimiento de personas; cuando las personas se desplazan temporalmente para prestar sus servicios, ya sea a nombre propio o de un empleador; por ejemplo, un desfile con modelos colombianas que se realiza en Milán.


En el Rut debe aparecer con la responsabilidad 10 (Usuario aduanero) y editar la casilla 54 acorde a la nueva calidad de exportador


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En la casilla 58 del RUT también debes tener en cuenta el código CPC de los cuales se pueden indicar hasta 3 de cada uno; a continuación, la lista de códigos CPC:

54 Servicios de construcción

63 Servicios de hospedaje, alimentos y bebidas

64 Servicios de transporte terrestre

65 Servicios de transporte marítimo

67 Servicios auxiliares para el transporte

68 Servicios postales y de courier

69 Servicios de distribución de electricidad, agua y gas

71 Servicios de intermediación financiera, seguros y auxiliares

72 Servicios inmobiliarios y de finca raíz

73 Servicios de arrendamiento con y sin opción de compra, sin operarios.

81 Servicios de investigación y desarrollo

82 Servicios profesionales, científicos y técnicos

83 Otros servicios profesionales (Servicios de arquitectura, ingeniería y otros técnicos)

84 Telecomunicaciones

85 Otros servicios de soporte (Agencias de empleo, servicios de seguridad, servicios de empaque)

86 Servicios de producción con base en honorarios y contratos.

87 Servicios de reparación y mantenimiento.

91 Administración pública y otros servicios a la comunidad.

92 Servicios de educación

93 Servicios de salud

94 Servicios sanitarios, de disposición de residuos y de protección al medio ambiente.

95 Servicios suministrados por organizaciones.

96 Servicios de esparcimiento cultural, recreacional y deportivo

97 Otros servicios.

98 Servicios domésticos

99 Servicios prestados por organizaciones y entidades extranjeras.


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Contrato y facturación electrónica:


Una vez la empresa en el exterior ha aceptado el servicio, debes tener como respaldo el contrato celebrado entre las partes.


Si es un pago mensualizado debes considerar que tal vez por la cuantía debas tener la obligación de emitir factura electrónica; recuerda que las personas naturales que vendan bienes o servicios con ingresos brutos superiores a 3.500 UVT anuales deben elaborar factura electrónica.


Año 2023: 3.500 x 42.412 = $148.442.000 anuales que equivalen a $12.370.167 mensuales

Año 2024: 3.500 x 47.065 = $164.727.500 anuales que equivalen a $13.727.292 mensuales


Iva en la exportación de servicios:


Normalmente los servicios a exportar se encuentran gravados con IVA, pero de acuerdo al literal c) del artículo 481 del Estatuto Tributario existe la posibilidad de que pase a ser un servicio exento de Iva siempre y cuando cumplas con las siguientes condiciones:


El servicio debe ser prestado en o desde el territorio nacional para ser utilizado exclusivamente en el exterior por una persona natural o jurídica sin negocios o actividad en Colombia


Estar inscrito como exportador de servicios en el RUT


Conservar los siguientes documentos:

  • Facturas o documentos expedidos

  • Al menos uno de tres documentos que acrediten la exportación: Oferta mercantil y cotización, Contrato, Orden de compra o carta de intención y acuse de recibido del servicio.

Estos documentos deben conservarse en versión física y electrónica y deben contener la siguiente información: Valor del servicio, País hacia donde se exporta, Descripción del servicio, Nombre o razón social del adquirente y su residencia o domicilio en el exterior.

  • Certificación del prestador del servicio o de su representante legal, manifestando que el servicio fue prestado para ser consumido o utilizado exclusivamente en el exterior y que dicha circunstancia le fue advertida al importador del servicio.


En caso de incumplimiento de alguno de los anteriores requisitos para considerar el servicio exento, el prestador del servicio será Responsable de IVA No Facturado.


Se reitera que es una condición fundamental que el beneficiario del servicio lo utilice exclusivamente en el exterior y que no cuente con negocios o actividades en Colombia.


Otra aclaración importante es que si tu modalidad de exportación es suministro transfronterizo o consumo en el exterior, el Iva es exento, es decir 0%, pero si tu modalidad es presencia comercial o movimiento de personas aplica el pago del Iva a la tarifa general.


Beneficio tributario en cuanto al IVA:

Si reúnes todos los requisitos aquí planteados puedes solicitar la devolución del IVA que pagues en Colombia y que tenga que ver con tu actividad productora de renta.


Legalización de Divisas:


Las divisas recibidas por la exportación de servicios no requieren reintegrarse a través del mercado cambiario; es decir, los empresarios pueden si así lo desean pedir que se les consigne en una cuenta en el exterior de Colombia. Cuando un comprador de un servicio en el exterior paga a la empresa o persona que prestó el servicio en Colombia, normalmente realiza una transferencia bancaria a través de un intermediario del mercado cambiario.


Pero si lo que quieres es ingresar el dinero a Colombia, en este caso, se tiene obligación de gestionar a través del Banco el numeral cambiario que aplica en la exportación y así concluirás el proceso exitosamente en cuanto a obligaciones fiscales.


Asesórate bien y realiza este proceso acompañado de un profesional.


Fuentes:

Procolombia



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